En Ecuador, ejercer cirugía estética fuera de lo que autoriza el título y en un local sin autorización ya no es solo una falta administrativa. La Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia declaró improcedente en junio de 2026 el recurso de casación de la defensa y dejó firme una condena de cinco años de prisión por homicidio culposo contra una mujer que se promocionaba como cirujana plástica en Quito235. Esta nota resume qué decidieron los jueces, qué dice la ley para el médico y qué puede verificar un profesional antes de colaborar con un centro estético. Los hechos y cifras vienen de prensa y de comunicados citados; no hemos tenido acceso al texto íntegro de la sentencia.
Conviene separar dos casos que la prensa ha mencionado a la vez. Uno tiene sentencia firme (hechos de 2020). El otro, un coma inducido en mayo de 2026, sigue sin sentencia. Para el panorama de ACESS y ARCSA en 2026 ya publicamos Clínicas estéticas clandestinas en Ecuador: los casos de ACESS 2026; aquí nos centramos en la condena y en lo que implica para quien ejerce.
Qué decidieron los jueces: del COIP 146 a la casación firme
Según la Fiscalía, la cirugía se hizo el 27 de agosto de 2020 en una clínica del norte de Quito. La paciente, de 39 años, se sometió a una mamoplastia de aumento, lipoescultura tumescente y lipotransferencia glútea en unas seis horas7. Algunos medios resumen el caso solo como un implante de senos; la Fiscalía y Teleamazonas detallan el conjunto de procedimientos37. Tras la operación se descompensó y empeoró durante dos días; según la nota de la Corte Nacional, la procesada no identificó la causa ni la trasladó a un hospital con más recursos, y desestimó el criterio de un conocido de la paciente que la visitó al día siguiente27.
Fue trasladada a una casa de salud y murió. La autopsia determinó un shock hipovolémico irreversible, causado por laceraciones en la pared abdominal provocadas por las cánulas de succión de la liposucción236. El tribunal concluyó que la procesada incumplió el deber objetivo de cuidado, infringió la lex artis y contravino disposiciones de la autoridad sanitaria246.
La primera instancia la condenó por homicidio culposo por mala práctica profesional, tipificado en el primer inciso del artículo 146 del Código Orgánico Integral Penal, con pena de uno a tres años; la pena fue de dos años578. En apelación, la Corte Provincial de Pichincha aplicó por unanimidad el tercer inciso del mismo artículo, que establece de tres a cinco años, y elevó la condena a cinco años1. El tercer inciso se refiere a la muerte causada por acciones innecesarias, peligrosas e ilegítimas, y el artículo exige comprobar el incumplimiento de normas técnicas de la profesión y que el daño provenga directamente de esa infracción14. Según El Diario, la Sala consideró cumplidos los cuatro numerales sobre la infracción del deber objetivo de cuidado1. Después, la Sala Penal de la Corte Nacional declaró improcedente la casación, por mayoría según Extra, y la condena quedó firme25.
Inhabilitación y reparación: lo que cambia para el médico
Además de la prisión, la Corte Provincial aceptó la petición de la Fiscalía de aplicar el artículo 65 del COIP: cinco años de inhabilitación profesional, que empiezan a contar después de cumplida la pena1. La reparación económica a favor del esposo de la paciente subió de USD 10.000 a USD 30.0001. Extra resume la sentencia como una condena con reparación integral para la familia e inhabilitación posterior a la pena5.
La Fiscalía sostuvo que la procesada ejercía con un título de cirujana plástica que había sido dado de baja de los registros de la Senescyt en enero de 2020, y que su título de cuarto nivel cubría procedimientos estéticos, no la cirugía plástica practicada17. También afirmó que la clínica no estaba autorizada para hospitalizar, y que se promocionaba como cirujana plástica en redes sociales y radio28. Primicias añade que la clínica funcionaba sin los permisos correspondientes2; El Comercio, en cambio, no menciona permisos en su nota4.
Qué dice la Ley Orgánica de Salud sobre títulos y competencias
La condena penal se apoya en un marco sanitario que cualquier médico conoce. La Ley Orgánica de Salud exige para ejercer un título universitario de tercer nivel registrado ante el CONESUP y la autoridad sanitaria (art. 194) y obliga a los profesionales y técnicos de nivel superior a limitar sus acciones al área que el título les asigne (art. 198), que es la norma que invocó la Fiscalía815. El artículo 200 sanciona al profesional que ampare con su título o su firma el ejercicio de personas no autorizadas, y el 202 define como infracción el acto que genere daño por inobservancia, impericia, imprudencia o negligencia15.
Dos consecuencias prácticas: la competencia depende del título y del área, no de la experiencia ni de haber hecho cursos; y firmar, avalar o prestar el nombre a un local o a un colega sin habilitación expone al médico por sí mismo (art. 200)15. Que un resultado adverso ocurra no basta: el propio artículo 146 pide analizar cómo ocurrieron los hechos y distinguir el daño que viene de la infracción del que viene de la enfermedad o de las características del paciente14.
El otro caso: coma inducido en Quito, sin sentencia
El 12 de mayo de 2026, según Primicias y Vistazo, una mujer de 39 años se sometió a un aumento de mamas en un centro de la avenida Eloy Alfaro, en el norte de Quito; Teleamazonas ubica el ingreso el 13 de mayo91012. La familia relató un paro cardiorrespiratorio y unos 10 minutos sin oxígeno cerebral, y que permanecía en coma inducido91011. Amparo Jiménez, directora técnica de Vigilancia y Control de la ACESS, dijo que el establecimiento no registraba permisos de funcionamiento, que el profesional no constaba como habilitado en el sistema de la agencia y lo llamó «un centro estético clandestino»; al ir a inspeccionar, lo encontraron cerrado9. Preliminarmente se informó que sería un médico general sin autorización para cirugías, y la ACESS trabajaba en identificarlo9.
Hay alegatos que no están probados. El padre afirmó que un representante del centro les ofreció USD 4.000 para que no denunciaran ante la Fiscalía101112. La hija dijo que se usó anestesia raquídea y que la paciente habría despertado durante la intervención1112. Ninguna de las notas recoge una declaración directa del centro1112. Por presunción de inocencia, no se atribuyen responsabilidades a nadie en este caso.
Sobre la misma mujer sentenciada en 2020 hay además un proceso separado por lesiones: según la Fiscalía, una paciente operada el 15 de noviembre de 2021 en una cirugía de 13 horas perdió un pezón por necrosis; la audiencia del 18 de mayo de 2026 se declaró fallida y no hay sentencia13.
Qué verificar antes de colaborar con un centro estético
- Permiso de funcionamiento vigente de la ACESS. Se emite por un año calendario, y entre sus requisitos figuran el registro de los títulos de los profesionales ante la Senescyt y la autoridad sanitaria y la lista del personal16.
- Habilitación del profesional para ese procedimiento. Un título de cuarto nivel en procedimientos estéticos no equivale a la cirugía plástica, según la Fiscalía78.
- Certificado de sanciones administrativas. La ACESS emite un certificado que indica si un profesional registra sanciones de la Ley Orgánica de Salud; vale tres meses17.
- Capacidad de respuesta ante una complicación. Según la Fiscalía, la clínica del caso de 2020 no estaba autorizada para hospitalizar, y la paciente pasó dos días sin traslado12.
- Publicidad. Anunciarse con una especialidad que el título no cubre fue parte de lo sostenido por la Fiscalía28.
Por qué la cirugía estética fuera del quirófano preocupa a la literatura
La liposucción tumescente puede ser mortal. Una serie del forense de Nueva York halló cinco muertes tras liposucción tumescente entre 48.527 muertes remitidas a la oficina del forense de 1993 a 1998 y concluyó que «puede ser fatal», quizá en parte por toxicidad de la lidocaína o interacciones18. Un análisis de reportes obligatorios de cirugía en consultorio en Florida (10 años) y Alabama (6 años) registró 46 muertes en Florida, cerca del 57 % tras procedimientos cosméticos, con 10 asociadas a liposucción sola o combinada19. Estos datos no hablan de Ecuador; muestran por qué la verificación del lugar y de quién opera importa.
Fuentes
- El Diario. Corte Provincial eleva a cinco años la sentencia contra «cirujana estética» por homicidio culposo. 20 may 2026. eldiario.ec ↗
- Primicias. Corte Nacional ratifica condena por homicidio a mujer que se promocionaba como cirujana plástica en Quito. 24 jun 2026. primicias.ec ↗
- Vistazo (EFE). Dejan en firme la condena por homicidio contra cirujana plástica que ejercía sin título en Quito. 23 jun 2026. vistazo.com ↗
- El Comercio (EFE). Ratifican sentencia por homicidio contra «cirujana» en Quito. Jun 2026. elcomercio.com ↗
- Extra. Doctora sentenciada por muerte culposa en Quito: paciente murió tras cirugía estética. 24 jun 2026. extra.ec ↗
- Expreso. Corte ratifica condena por homicidio culposo en caso de cirugía estética en Quito. 24 jun 2026. expreso.ec ↗
- Teleamazonas. Mujer sentenciada por homicidio culposo en Quito (información de la Fiscalía). 20 ene 2025. teleamazonas.com ↗
- Expreso. «Cirujana estética» sentenciada por mala práctica médica en Quito. 20 ene 2025. expreso.ec ↗
- Primicias. Mujer en coma inducido tras cirugía estética en Quito; Acess dice que la clínica funcionaba sin permisos. 15 may 2026. primicias.ec ↗
- Vistazo. Mujer quedó en coma tras cirugía de implantes mamarios en un centro estético de Quito. 18 may 2026. vistazo.com ↗
- Primicias. Mujer en coma inducido tras cirugía estética en Quito: la familia denuncia mala práctica médica e indemnización. 18 may 2026. primicias.ec ↗
- Teleamazonas. Mujer queda en coma tras cirugía estética en Quito; familia exige justicia. 18 may 2026. teleamazonas.com ↗
- Primicias. Suspensión de audiencia de juicio por lesiones contra «cirujana estética» sentenciada por homicidio culposo en Quito. May 2026. primicias.ec ↗
- Asamblea Nacional del Ecuador (publicación de 2014 del asambleísta Víctor Medina). Comentario al art. 146 del COIP (homicidio culposo por mala práctica profesional), inciso tercero y condiciones. asambleanacional.gob.ec ↗
- Ley Orgánica de Salud (Ley 2006-67), texto consolidado, arts. 194, 198, 200 y 202. Última reforma R.O. Suplemento 139, 1-IX-2022. igualdadgenero.gob.ec ↗
- Gob.ec / ACESS. Emisión de certificado de permiso de funcionamiento para prestadores de servicios de salud. gob.ec ↗
- Gob.ec / ACESS. Emisión de certificado de procesos sancionatorios de profesionales de la salud. gob.ec ↗
- Rao RB, Ely SF, Hoffman RS. Deaths related to liposuction. N Engl J Med. 1999;340(19):1471-5. PubMed 10320385 ↗
- Starling J 3rd, Thosani MK, Coldiron BM. Determining the safety of office-based surgery: what 10 years of Florida data and 6 years of Alabama data reveal. Dermatol Surg. 2012;38(2):171-7. PubMed 22093178 ↗
Artículo informativo. Resume noticias, comunicados oficiales y estudios publicados; no es asesoría médica ni legal. Las fuentes se revisaron en la fecha de publicación.